Estado de excepción

Estado de excepción

Publicado el 23 de julio de 2014

Jennifer Wolff
Directora de Programas
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Decía hace un tiempo Efrén Rivera Ramos, catedrático de Derecho, que uno de los peligros de los tiempos de crisis es la rapidez con que se implantan los estados de excepción: se imponen medidas draconianas, se menoscaban conquistas sociales, y se suspenden derechos fundamentales. Lo peor, decía Efrén, es que esos estados de emergencia – instaurados en ocasiones irreflexivamente – terminan siendo constitutivos de un nuevo orden en el que la ausencia de lo que se ha cedido, descartado, o perdido se acepta como una nueva normalidad.

Esa sabia reflexión tiene hoy gran vigencia, no solo en términos de los derechos civiles y el bienestar social, sino en términos de la planificación económica que, aún en medio de la crisis fiscal, tiene que hacerse de cara al futuro. Si hay algo que debemos sacar de esta coyuntura es la posibilidad de enderezar los entuertos que nos han llevado al desastre y construir sobre tierra firme los fundamentos de un andamiaje productivo duradero. No habría peor cosa que, por pura desesperación, las medidas que tomemos ahora nos lleven a seguir chapaleteando mañana en la misma marisma donde andamos enredados hoy.

Hace apenas dos meses se aprobó la Ley de Alivio Energético pero ésta se ha quedado empantanada en el laberinto de la crisis fiscal. No es solo que la Comisión Reguladora de Energía no ha sido creada todavía – dejando en suspenso la reforma tarifaria, la búsqueda de tecnologías alternativas, y la planificación a largo plazo del sistema – sino que la aprobación reciente de la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y la Recuperación de las Corporaciones Públicas plantea la posibilidad de que los vientos de reforma se desinflen, y en aras de un estado de excepción, sean echados a un lado.

No quiero ser malinterpretada: la ley de “quiebra criolla” era necesaria para reducirle la presión al Fondo General y encausar la rehabilitación de las más maltrechas de nuestras corporaciones públicas. Sin embargo, lo que no puede ocurrir es que el empeño con que se busca trascender la crisis se vuelque exclusivamente sobre el problema financiero, dejando a un lado la posibilidad de reestructurar de fondo el sistema.

La Ley de Recuperación invoca una “grave emergencia”, y como tal, establece que tendrá primacía sobre cualquier otra ley. Esto quiere decir que quedará a discreción del tribunal conjugar la reestructuración de la deuda – digamos, de la AEE – con la necesidad que tiene el País de transformar a largo plazo su sistema eléctrico.

En Estados Unidos, la jurisprudencia ha reconocido que un ente regulador (como sería la Comisión Reguladora de Energía) tiene la facultad de intervenir en materia tarifaria durante la reestructuración de una utilidad pública que se declara en quiebra. En el caso de Puerto Rico, existe una situación enteramente novel: la AEE es una corporación pública – no un mero “utility” de capital privado – sobre cuyas espaldas recae la totalidad del sistema eléctrico del País. En ese sentido, existe un interés público apremiante y fundamental que trasciende el asunto tarifario y que justificaría la intervención de un ente como este en el proceso de reestructuración.

Esto quiere decir que es urgente crear la Comisión Reguladora de Energía. Y es urgente dotarla con los mejores recursos técnicos posibles. Porque si llega el momento de reestructurar la deuda de la AEE, el tribunal necesitará peritaje para conjugar las obligaciones financieras con las necesidades de largo plazo del País. No nos queda otra: o nos alzamos a la altura de los tiempos o nos quedamos sumidos en la marisma del estado de excepción.

 

Esta columna fue publicada originalmente en el diario El Nuevo Día el 23 de julio de 2014.