Standard & Poor’s degrada deuda de Puerto Rico (otra vez)

Standard & Poor’s degrada deuda de Puerto Rico (otra vez)

Publicado el 14 de marzo de 2013

Sergio portrait
Director de Política Pública
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El miércoles 13 de marzo de 2013, Standard & Poor’s (S&P), una de las tres principales agencias clasificadoras del crédito de Puerto Rico, anunció que estaba degradando la clasificación de los bonos de obligación general de Puerto Rico (“General Obligation Bonds”) a “BBB-” de “BBB”. La perspectiva es negativa.

S&P justifica su decisión en su análisis del déficit presupuestario para el año fiscal 2013, que ellos entienden es significativamente mayor al que estaba proyectado inicialmente. De acuerdo con el analista David Hitchcock la magnitud del déficit para el año fiscal 2013 dificulta el que Puerto Rico pueda lograr un balance estructural dentro de los próximos dos años.

Nos advierte también que si Puerto Rico no logra progreso significativo en la reducción de esa brecha estructural dentro de ese periodo de dos años, entonces la clasificación podría ser degradada una vez más. S&P reconoce, sin embargo, que la administración de turno está tomado medidas presupuestarias correctivas y que ha presentado una reforma profunda de los sistemas de retiro del gobierno de Puerto Rico.

En cierto modo esta acción de S&P no debe sorprender a nadie en Puerto Rico dado que (1) ya nos habían hecho una advertencia en noviembre del año pasado y (2) Moody’s ya nos había degradado en diciembre a un escalafón del nivel chatarra, y por tanto la acción de S&P se puede analizar como una acción correctiva y de seguimiento a la acción de Moody’s.

Por otro lado, es una advertencia clara a todas aquellas personas en Puerto Rico que no creen o no entienden la magnitud de la crisis en que nos encontramos. El déficit estructural del fondo general se encuentra en alrededor de $1,100 millones, el déficit actuarial de los tres sistemas de retiro que dependen del fondo general excede los $35,000 millones, y la deuda pública del gobierno de Puerto Rico se aproxima a los $70,000 millones. La economía se encuentra estancada o en recesión, dependiendo a quien usted le pregunte. Mientras, la tasa de empleo ronda el 33% y la de participación el 39%, los niveles mas bajos en la historia de Puerto Rico. Y la misma vez estamos perdiendo población.

Nada de esto es nuevo y esa información, de acuerdo con la teoría económica ortodoxa, debería de haber sido incorporada hace tiempo en los precios de los bonos y obligaciones de Puerto Rico.

Tal vez lo más interesante del anuncio de S&P, y lo menos reportado por nuestra prensa, es que los analistas decidieron no reducir a nivel chatarra la deuda que depende de asignaciones legislativas anuales (“appropriation debt”), que usualmente se clasifica un escalafón por debajo de los bonos de obligación general, ya que esa deuda estaría en el segundo lugar de prioridad en caso de que los recursos disponibles no fueran suficientes para cumplir con todas las obligaciones del gobierno.

Lo que Dice la Ley de OGP

Su análisis se basa en su interpretación de la ley orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (Ley núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada) que establece que el gobernador o el director de OGP deberá :

(c) En armonía con la Sección 8, Artículo VI de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, proceder conforme a las siguientes normas de prioridad en el desembolso de fondos públicos, cuando los recursos disponibles para un año económico no basten para cubrir las asignaciones aprobadas para ese año:

(1) Ordenar el pago de los intereses y amortizaciones correspondientes a la deuda pública.

(2) Ordenar que se atiendan los compromisos contraídos en virtud de contratos legales en vigor, sentencias de los tribunales en casos de expropiación forzosa, y obligaciones ineludibles para salvaguardar el crédito, y la reputación y el buen nombre del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

(3) Ordenar que con cargo a las asignaciones para gastos ordinarios se atiendan preferentemente los desembolsos relacionados con:

(A) La conservación de la salud pública

(B) La protección de personas y de la propiedad,

(C) Los programas de instrucción pública,

(D) Los programas de bienestar público,

(E) El pago de las aportaciones patronales a los sistemas de retiro y el pago de pensiones a individuos concedidas por leyes especiales y luego los demás servicios públicos en el orden de prioridades que el Gobernador determine, disponiéndose que los desembolsos relacionados con los servicios aquí enumeradas no tendrán prelación entre sí sino que podrán atenderse en forma simultánea; Disponiéndose, además, que los ajustes por reducción podrán hacerse en cualquiera de las asignaciones para gastos ordinarios incluyendo las áreas de servicios indicadas en este inciso.

(4) Ordenar que se construyan las obras o mejoras permanentes cuyos contratos hayan sido debidamente formalizados; Disponiéndose que se dará preferencia a obras de emergencia motivadas por catástrofes o actos de la naturaleza, accidentes fortuitos; y luego se procederá a la ejecución de aquellas que mejor respondan al desenvolvimiento de la vida normal y económica de Puerto Rico.

(5) Ordenar que se atienda el pago de los contratos y compromisos contraídos con cargo a asignaciones especiales de funcionamiento y luego se atienda preferentemente aquellas fases de los programas que están en proceso de desarrollo o en una etapa de planificación cuya posposición afecte directa o indirectamente los intereses de la clientela servida por el programa.

De acuerdo con este orden estatutario, la prioridad absoluta le corresponde a la deuda pública, que para estos propósitos significa solamente los bonos de obligación general y la deuda expresamente garantizada por el Estado Libre Asociado. No incluye, por ejemplo, la deuda de las corporaciones publicas, los municipios, o la deuda que depende de asignaciones legislativas.

En segundo orden de prioridad se incluyen, entre otras, las “obligaciones ineludibles para salvaguardar el crédito, y la reputación y el buen nombre del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.” S&P asevera con bastante confianza que la deuda que depende de asignaciones legislativas anuales está incluida en este grupo de obligaciones.

Yo no estoy tan seguro de esa conclusión, ya que no me está claro que una obligación que por su naturaleza depende de acción legislativa todos los años se pueda categorizar como “ineludible” para propósitos de este análisis. Por ejemplo, tendría prioridad esa deuda con respecto a la deuda emitida por una corporación publica que se encuentre a punto de incumplir con su repago? La verdad es que estas disposiciones legales nunca se han puesto en efecto en Puerto Rico, así que no sabemos que pasará en caso de ser necesaria su activación.

Un Problema de Todos

Lo que si está claro, en mi opinión, es que una degradación del crédito de Puerto Rico a nivel “chatarra” tendría repercusiones adversas para todos los que vivimos en Puerto Rico ya que desataría una crisis financiera. Eso significa, entre otras cosas, que: el gobierno tendría poco o ningún acceso a los mercados financieros; veríamos una depreciación del valor de los bonos y obligaciones de Puerto Rico de entre 30% y 50%; la liquidez y la solvencia de las instituciones financieras y compañías de seguro en Puerto Rico podrían verse afectadas adversamente; veríamos un aumento en las tasas de interés y una contracción significativa del crédito; y aumentarían tanto las quiebras como el desempleo. Nadie en Puerto Rico estaría inmune de los efectos de esa tempestad.

Nos incumbe a todos poner de nuestra parte para evitar esta catástrofe. El sacrificio tiene que compartirse entre todos: la ciudadanía en general; el sector privado, incluyendo los bancos, las farmacéuticas, y los comerciantes; los empleados públicos; y los pensionados. Creo que es imperativo sentarnos en una mesa y llegar a unos acuerdos como país. Las alternativas son dejar que el país quiebre; hacer las maletas y largarnos para siempre de esta isla olvidada por Dios; o resolver esto en la calle como hizo la gente en Túnez y Egipto. ¿Qué alternativa favorece usted?